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Federación Dominicana de Ajedrez

Comisión Electoral

 

12 de enero, 2018.

 

La Comisión Electoral elegida para las elecciones de la Federación Dominicana de Ajedrez (FDA) a celebrarse el domingo 28 de enero del presente año, a partir de las 10:00 de la mañana en el local de la FDA ubicado en el Centro Olímpico Juan Pablo Duarte del Distrito Nacional, donde se elegirá el Comité Ejecutivo para el período 2018-2020, tiene a bien informar lo siguiente:

1.-  Las planchas deberán ser entregadas a más tardar tres (3) días antes del día 28 de enero próximo, ante un miembro de la Comisión Electoral, quien le pondrá la fecha y la hora al acuse de recibo correspondiente. Las planchas deberán estar debidamente firmadas por cada uno de sus miembros, indicando en su contenido que están de acuerdo en pertenecer a la misma; de igual manera, dicha comunicación deberá tener anexada al menos tres (3) avales de Asociaciones, lo que es requerido por el Reglamento Electoral de la FDA.

2.- La plancha que se inscriba primero tendrá el número uno (1) en las boletas de las elecciones, la que se inscriba después tendrá el número dos (2) y así sucesivamente.

3.- El día de las elecciones, luego de confirmado el quorum, las planchas debidamente inscritas tendrán cada una un máximo de ocho (8) minutos para dirigirse a la asamblea, de los cuales tres (3) minutos serán para presentar la plancha y cinco (5) minutos para motivarla, siempre dentro de un marco de respeto. La plancha que se inscriba primero iniciará el turno, la que se inscriba después tendrá el segundo turno y así sucesivamente.

 4.- Inmediatamente termine el proceso electoral, la Comisión Electoral procederá al juramento de rigor, para finalizar su labor.

 5.- A continuación les presentamos de nuevo el Reglamento Electoral:

 

 

 

 REGLAMENTO ELECTORAL

ARTICULO 1.- El presente reglamento regirá las elecciones del Comité Ejecutivo de la FDA.

ARTICULO 2.- Los trabajos relativos a la elección del Comité Ejecutivo de la FDA estarán dirigidos por una Comisión Electoral que será designada por el Consejo de la FDA al menos cuarenta y cinco (45) días antes de la asamblea eleccionaria.

ARTICULO 3.- La Comisión Electoral estará compuesta por tres miembros, y los mismos no serán candidatos a cargos electivos. El Consejo designará además tres miembros suplentes para el caso de que alguno de los miembros originales fuera presentado posteriormente como candidato. En caso de agotarse los suplentes debido a lo anterior, el CEN designará los sustitutos correspondientes.

ARTICULO 4.- El sistema de candidaturas será por plancha.

a) Cada candidatura deberá estar avalada por un mínimo de tres (3) asociaciones.
b) Toda candidatura deberá estar acompañada de una constancia escrita de aceptación por parte del candidato.

ARTICULO 5.- La campaña electoral quedará oficialmente abierta treinta (30) día antes de la fecha fijada para la asamblea eleccionaria, y la misma terminará dos (2) días antes de dicha asamblea.

ARTICULO 6.- Tendrán derecho a hacer propaganda electoral las asociaciones y sus unidades de base:

a) La propaganda tendrá que sujetarse a las normas más elementales de respeto y consideración que merecen los candidatos. En consecuencia, queda expresamente prohibido todo tipo de alusión personal que denigre las condiciones morales de los candidatos.

b) La Comisión Electoral estará facultada para tomar todas las medidas que considere de lugar para hacer cumplir el acápite (a) del presente artículo, inclusive podrá disponer la exclusión del candidato que no cumpla con esta disposición.

ARTICULO 7.- La Comisión Electoral elaborará las normas parlamentarias que regirán la asamblea.

ARTICULO 8.- Las votaciones serán secretas.

 

 

 

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