De la Comisión Electoral |
Federación Dominicana de Ajedrez
Comisión Electoral
12 de enero, 2018.
La Comisión Electoral elegida para las elecciones de la Federación Dominicana de Ajedrez (FDA) a celebrarse el domingo 28 de enero del presente año, a partir de las 10:00 de la mañana en el local de la FDA ubicado en el Centro Olímpico Juan Pablo Duarte del Distrito Nacional, donde se elegirá el Comité Ejecutivo para el período 2018-2020, tiene a bien informar lo siguiente: 1.- Las planchas deberán ser entregadas a más tardar tres (3) días antes del día 28 de enero próximo, ante un miembro de la Comisión Electoral, quien le pondrá la fecha y la hora al acuse de recibo correspondiente. Las planchas deberán estar debidamente firmadas por cada uno de sus miembros, indicando en su contenido que están de acuerdo en pertenecer a la misma; de igual manera, dicha comunicación deberá tener anexada al menos tres (3) avales de Asociaciones, lo que es requerido por el Reglamento Electoral de la FDA.
2.- La plancha que se inscriba primero tendrá el número uno (1) en las boletas de las elecciones, la que se inscriba después tendrá el número dos (2) y así sucesivamente. 3.- El día de las elecciones, luego de confirmado el quorum, las planchas debidamente inscritas tendrán cada una un máximo de ocho (8) minutos para dirigirse a la asamblea, de los cuales tres (3) minutos serán para presentar la plancha y cinco (5) minutos para motivarla, siempre dentro de un marco de respeto. La plancha que se inscriba primero iniciará el turno, la que se inscriba después tendrá el segundo turno y así sucesivamente.
REGLAMENTO ELECTORAL
a) Cada candidatura deberá estar avalada por un mínimo de tres (3) asociaciones.
a) La propaganda tendrá que sujetarse a las normas más elementales de respeto y consideración que merecen los candidatos. En consecuencia, queda expresamente prohibido todo tipo de alusión personal que denigre las condiciones morales de los candidatos.
b) La Comisión Electoral estará facultada para tomar todas las medidas que considere de lugar para hacer cumplir el acápite (a) del presente artículo, inclusive podrá disponer la exclusión del candidato que no cumpla con esta disposición.
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